
Ernesto Anzúa.
Un claro ejemplo – entre otros - de las dos Argentinas es la Constitución liberal de 1853 de la cual ya hemos hecho referencia y la de 1949 que formulan dos proyectos de país casi antagónicos. El 16 de marzo se cumplieron 60 años de que fuera publicada, cinco días después de su sanción, la Constitución del '49 que fue derogada por un gobierno de facto con la anuencia de muchos partidos que hoy se tildan de “democráticos”. Vaya como homenaje la transcripción de la sección – a mi entender - más importante de la misma
CAPITULO III (Del patrimonio artístico y cultural) Las riquezas artísticas e históricas, así como el paisaje natural cualquiera que sea su propietario forman parte del patrimonio cultural de la nación y estarán bajo tutela del estado, que puede decretar las expropiaciones necesarias para su defensa y prohibir la exportación o enajenación de los tesoros artísticos…
CAPITULO IV (La función social de la propiedad, el capital y la actividad económica)
Art. 38 – La propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines del bien común. Incumbe al estado fiscalizar la distribución y la utilización del campo e intervenir con el objeto de desarrollar e incrementar su rendimiento en interés de la comunidad…
Art. 39 – El capital debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social. Sus diversas formas de explotación no pueden contrariar los fines del beneficio común del pueblo argentino.
Art. 40 – La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El estado, mediante una ley podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados en esta Constitución
16/3/09
Recomendar esta notaEs la mejor Constitución Nacional, que nació de un pueblo compenetrado en la justicia social, la independencia económica y la soberania política. El golpe cívico-militar de la revolución fusiladora, se encargó en dejarla sin efecto, por decreto que es ilegítimo y todos los gobiernos sucesivos se han encargado de taparla o esconderla como basurita debajo de la alfombra. Cada día que pasa, quiero más a mi perro y me lastima la hipocresia de la gente (no del ciudadano puro).
La revolución fusiladora derogo la cosntitución nacional por un "bando militar".
los ideologos de la revolucion fusiladora y sus decendientes TODAVIA actuan en la ACTUALIDAD persiguiendo a los militantes y/o a sus descendientes y desponjadolos de sus bienes CUMPLIENDO A RAJATABLA el objetivo de ANIQUILAR las ideas REVOLUCIONARIAS...actuan con total impunidad porque estan"protegidos" por el PODER JUDICIAL que "asegura impunidad".
En las verdaderas revoluciones el "poder judicial" es un complemento y en razón que el pueblo es el que debe hacer justicia y los comprometidos deben practicar la revolución, con la movilización, cacerolas, tortazos, huevazos, etc. Por lo tanto Selva, comience a iluminar los caminos de una revolución, vamos, anímate, te seguiremos y así dejamos de hacer, bla, bla, bla, etc.
La revolución es para el progreso social. Lo otro es un golpe de estado o una chirinada de los sectores reaccionarios, como el que pretende el sector que vive de la renta agraria a liada a la derecha vernácula.
no necesito batir cacerolas ni arrojar nada para demostrar mi compromiso con cambios revolucionario, trabajo dsde mi humilde lugar por esos cambios...en mas de una oportunidad he invitado a los periodistas ciudadanos a movilizarnos (caso MARTITA, familia judicial)y recuerdo que casi me cuelgan en la plaza publica...LA REVOLUCION MAS CONTUNDENTE es la que genera cada persona en su interior.
¿Quien es el Diputado Nacional por Cordoba Jorge Luciano Montoya? de "PORTE DE PATOVICA"
Para Selva y otros: "la gallinita cuando pone huevo cacarea, cuando pone huevos (desove) los pecesitos, nadie sabe nada". Vamos, el cacareo debe ser barrial, inter-barrial, municipal, provincial y despues te sigo. Solita no haces nada, solamente expresiones del desahogo sicológico-terapéutico, que es bueno y en un medio libre y sano come este.
no se como es su cacareo Aldo K... por mi parte no cacareo porque "no soy gallina" . Al contrario de lo que Ud opina, creo que si todos hacemos lo que corresponde, si nos movemos en la misma direccion no necesitamos formar corporaciones, ni logias, ni patotas, ni familias, estoy convencida que si cada uno de nosotros cumple con las grandes y pequeñas obligaciones podemos MOVER MONTAÑAS,actuando espontaneamente.
La Constitución del 49 es buena, muy buena, aunque tiene un defectito, un pequeño defectito... PROHIBE EL DERECHO DE HUELGA.
No lo prohibe; eso no es cierto. Estuvo discutido. Esa era la opiniòn de un constitucionalista ( Sampay), pero hay otros que dicen ( Ramella) que señalan -acertadamente- que en momento alguno lo prohibe.-
La fe es un don de Dios y al mismo tiempo una repuesta del hombre a Dios,no te olvides que Dios esta contigo,que el nunca te fallara,la fe mueve Montañas,pero si no lo hacemos,la Montaña seguira ahi o si la Montaña se mueve corre porque es un terremoto!
Si lo discutis si está o no está en el texto de la constitución es porque no está y lo que NO ESTA PERMITIDO POR LAS LEYES ESTA PROHIBIDO, por más que te rasques por donde te rasques.Todo debe estar dentro de la ley decia el general, nada fuera de ella y el derecho de huielga ESTA fuera de la Constitución del 49. Fijate que distinto es el texto del 14 bis. cOPIO EL PÁRRAFO II: " Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; EL DERECHO DE HUELGA. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo." Todos los laburantes sabemos que existe porque está en la constitución, sin necsidad de recurrir a interpretaciones. Está claro en la letra de la Constitución. Lo saben hasta los chicos
en que articulo la constitucion del 49 prohibe expresamente el derecho a huelga???
que traviesos los chicos de sosperiodista han publicado mi nombre y correo electronico sin mi autorizacion...GRACIAS por "hacerme famosa", tambien pueden publicar mi telefono y mi direccion y la hacen COMPLETA.
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