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Habrá que demandar al Estado /

Habrá que demandar al Estado

¿Qué pasa si uno no paga sus impuestos? El Estado te demanda. La lógica consecuencia es exigir que el Estado garantice derechos inalienables, entonces. Eso nos dice un periodista ciudadano que nos muestra un caso concreto. Eso sí, hay muchos interrogantes que debemos responder entre todos.


Raúl Oyola.

Hay palabras y frases que los medios de comunicación ponen sobre el tapete e instalan en el colectivo imaginario de la gente a fuerza de repetición incansable.

La construcción lingüística “ausencia del Estado” es una de esas combinaciones de palabras que se arraigaron en el subconsciente de la sociedad con mucha fuerza durante la década del 90, en aquel reinado de la “pizza con champagne”.

Ahora bien, aprender el catecismo de memoria no significa alcanzar ningún grado de espiritualidad. Mucho menos, comprender los inalcanzables misterios de la fe divina.

Lo que intento decir es que los medios masivos tienen la incuestionable capacidad de convertir a sus desprevenidos usuarios, en verdaderas máquinas de repetición; repetición que la mayoría de las veces, no supone comprensión o al menos no la requiere.

En qué mesa de café no se habrá mencionado en los últimos 15 años, algo así como: “El problema es la ausencia del Estado...”.

Pero ¿de dónde se ausenta el Estado? ¿Quién le toma asistencia al Estado?
¿Acaso el Estado no se achicó hasta casi desaparecer? ¿Hasta dónde le cuelgan las tetas al Estado? Y la gran pregunta: ¿Qué puedo hacer para que el Estado no se ausente?

No se puede hacer nada, diría un apurado pesimista de los que nunca faltan. Pues sí se puede ¿Qué camino toma el Estado cuando usted no cumple sus obligaciones (lease impuestos )? Lo demanda. Pues que hace entonces, alguien ignorado por el Estado como sujeto de derecho? Demandarlo.

Haciendo punta

Un caso testigo de estos asuntos que intenté introducir, se dio hace muy poquito tiempo, más precisamente en el 2005, en la localidad de Loma Hermosa, Partido de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires. Una pareja de padres se presentó en compañía de un letrado, y representando a su hijo menor de edad, en el Juzgado Contencioso y Administrativo 1, con asiento en la ciudad de La Plata; interpuso una acción de amparo que obrara en auxilio de su apremiante situación.

El menor de doce años se encontraba internado en el Hospital de Niños de Buenos Aires “Ricardo Gutiérrez”. Padecía una enfermedad invalidante y progresiva, traqueostomizado y gastrostomizado, y con urgente necesidad de externación, por el riesgo creciente de contraer infecciones intra-hospitalarias.

Los mayores eran desocupados, y el núcleo familiar se componía de ocho personas, habitantes de una precaria vivienda de un ambiente en esa localidad.

Pedían a través del recurso legal, el concurso de dos subsidios por el valor de un alquiler y un salario mínimo, vital y móvil. Más de uno estará pensando en este momento “¡qué ganas de perder el tiempo en Tribunales!”.

Aunque no la veamos

La justicia no se demoró (NO!). Es más: fue mucho más allá de lo solicitado por los demandantes, y emplazó en primera instancia a que en el plazo de cinco días, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, le otorgara a la familia una vivienda acorde a las necesidades, tanto de número de componentes familiares, así como las requeridas para el correcto tratamiento del menor. Además emplazó a la Provincia, a hacerse cargo de velar por las necesidades alimentarias del niño y su grupo familiar.

Lo interesante de estas medidas, es el fundamento que el juzgado esgrime acerca de la medida cautelar. Sostiene el Honorable Tribunal ( Qué alegría usar esta expresión sin sarcasmo) que el Estado debe acudir en auxilio de este menor y su familia, no sólo por una cuestión humanitaria, devenida de la precaria situación del niño, sino simplemente por ser niño y persona. Responsabilidad absoluta e ineludible de un Estado. Interpretando a este juzgado, la cuestión sería: vos, Estado, tenes la obligación de que todos puedan procurarse alimento, salud y vivienda. Y en caso de que alguien no lo logre, debes atender y asistir a las personas a acceder a estos derechos básicos e inalienables (caso por caso de ser necesario).

Tanto o más interesante es conocer las fuentes legales que se tuvieron en cuenta. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; la Convención Sobre los Derechos del Niño ; y otros pactos internacionales, pero por sobre todas las cosas : La Constitución Nacional, y la de la Provincia de Buenos Aires. Aunque no la veamos (casi nunca) la Constitución siempre está.

Final tipo “Diego Torres”

Y yo que soy un viejo cultor del “piensa mal y acertarás”, quiero cerrar con un matiz verde esperanza. Porque es obvio que la mediocridad, la apatía y la corruptela que domina los palacios judiciales del país, tiene sus más que honrosas excepciones; e inclusive, según la opinión de Marcela Basterra, quien publicó el caso e hizo los comentarios en una revista especializada (Derecho de Familia: Revista Interdisciplinaria de Doctrina y Jurisprudencia. Mayo/Junio 2006. Ed. Abeledo-Perrot), cada vez son más los magistrados que: “...por medio e sus sentencias exigen a los poderes correspondientes el cumplimiento de las obligaciones de resultado por parte del Estado”.

Quedaran mil interrogantes dando vueltas en el aire (voto a Fito) ¿Hasta dónde se puede exigir al Estado? ¿Cuál es la mejor manera de exigirle?

Sólo se que emprendí este intento de resumir este caso y mostrarlo ( cuestión complicada, les aseguro) por que siempre sostuve en mis discusiones y penosas disertaciones (un saludo a todos los que me conocen) que el Estado no podía ausentarse tan fácilmente, y que estaba en nosotros, los ciudadanos, exigirle la asistencia y dejarlo libre por faltas, si la cuestión lo amerita.

Y la pregunta más delicada que se me ocurre: ¿Y si a todos los indigentes, los sin techo, los desocupados, los marginados, y todos los etcéteras que se te crucen por la mente en este momento, se les ocurriera buscarse un abogado para demandar al Estado en nombre de sus derechos inalienables ? ¿Y si algún abogado descubriera la inmensa veta económica que semejante jurisprudencia pudiera ofrecerle?

“Hay que achicar el Estado, para engrandecer la Nación”, predicaba el asesino orejudo que no era petizo, y que se valió de imbéciles esbirros uniformados para imponer su reino de terror. Pero claro, él nada sabía del “librito” que usaba para apoyar su vasito de whisky importado, y que nunca había abierto.

Lo realmente grave es que los que vinieron un ratito después, vociferando grandes discursos cívico-populares, aplicaran sus mismas recetas, y se acordaran del “librito”, solamente cuando necesitaban arrancarle algunas hojas para intercalarle otras.

La buena noticia, amigo ciudadano, es que si abrís ese “librito” puede que encuentres a ese Estado que se ausenta tan a menudo de la vida de nuestro país. Y en el momento que lo encuentres, lo más probable es que no esté solo. Seguro que de su brazo viene una dama hermosa, de la que mucho he escuchado parlotear, pero no estoy tan seguro de conocer. Esa hermosa dama que llaman Democracia.

Foto: elespacio.com.co


28/09/06


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Carlos Mantovani

Y que tal si aplicamos este criterio y la Constitucion para demandar a los maestros, directores de escuelas, sindicatos, gremios de educadores y gobierno provincial y nacional por no cumplir con los derechos de los educandos (niños y adolecentes), seria muy beneficioso para nuestros hijos!!! y estos (i)responsables de la educacion se empezarian a cuidar.




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