Esta semana el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que convierte al predio del ex Batallón 141 en un espacio verde y prohíbe las edificaciones en el sector. Nuestro periodista ciudadano afirma que esta normativa no era necesaria puesto que reitera los términos de otras anteriores y vigentes que bien cita en este artículo. Es un canto al absurdo: se legisla sobre lo ya legislado, sólo para servir a la pelea política del intendente Luis Juez con su enemigo, el gobernador José Manuel de la Sota.
Luis Federico.
La sanción de una Ordenanza, que los medios no se han tomado el trabajo de transcribirla para que los vecinos nos podamos “informar” adecuadamente, definiría al cuestionado predio como “área Reserva Verde” o más precisamente como “Área de Reserva de Verde” según definición que la Ordenanza 8256 – Ocupación del Suelo en su Capítulo II: Definición de Términos Técnico, Art. 2°, en el tratamiento de las Áreas Especiales textualmente indica:
Las Áreas Particulares se dividen en:
a) Áreas Especiales… b) Áreas Institucionales… c) Áreas de Refuncionalización… d) Áreas de Reserva: Áreas en las que desarrollándose actualmente determinados usos, quedan sujetas, en caso de darse el cambio de dicho uso, a las determinaciones del mismo que se hagan en cada caso según estudio particularizado. Están incluidas en esta categoría: a) Áreas militares y b) Áreas de Reserva de Verde, a las cuales se les asigna un uso futuro de parques urbanos. e) Áreas Verdes: Áreas cuyo uso actual es el de parque urbano.
Por su parte la Ordenanza 8060 – Fraccionamiento de Tierras, en el Capítulo I: Urbanización, indica:
Art. 116°.- En el caso de las llamadas Áreas Especiales (E), de Refuncionalización (RF), Áreas Institucionales (Is), Áreas de Reserva Militar (RM), y Área Verdes (V), conforme al Plano de Anexo Gráfico l. los fraccionamientos a realizar deberán ajustarse a las disposiciones que se fijan normativamente previa realización de estudios particularizados.
En el referido plano del Anexo Gráfico citado, el predio en cuestión fue catalogado como Área de Reserva Militar (RM).
En síntesis, la Ordenanza aprobada lo único que hace es reiterar los términos de otras anteriores y vigentes, salvo que la ausente difusión de su texto completo diga algo más que no se haya dicho antes y que sería prudente si tenemos en cuenta el revuelo que el tema originó y los pasos que la nueva gestión municipal intentaría dar sobre este y otros temas tanto o más calientes.
Salió el El Sur de agosto. El número habla de la soledad con que gobierna Schiaretti: sin los recursos de la Nación y sin el apoyo de De la Sota, con quien estaría distanciado. La revista cuenta por qué administra una "provincia fundida" y por qué se distanció de su antecesor.